Tras el final del proceso penal Butticé realizó un descargo y presentó un ensayo

Chaco
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Réplica luego de la causa Fappo

El ex subsecretario de Comunicación de la provincia Paulo Butticé había sido absuelto en un primer juicio. A finales de 2021, dicho juicio fue anulado por el STJ, requiriéndose un segundo juicio que no llegó a realizarse debido a que el proceso finalizó con un acuerdo por un juicio abreviado. Tras la finalización del proceso penal, difundió sus conclusiones al respecto y presentó un ensayo denominado “La construcción imaginaria de la realidad”.

El descargo difundido menciona algunos puntos sobre el contexto del proceso y contiene las razones por las cuales accedió a un juicio abreviado. Dice lo siguiente:

La nueva sentencia no es producto de un juicio. En este proceso que duró 6 años, el único documento que se llegó a elaborar con seriedad, objetividad, y que es autoría de un tribunal que pudo analizar con detalle todas las pruebas y testimonios, dicta mi absolución por unanimidad y puede leerse en la web absolucion.simple.ink.

Por eso, en mi caso dejó de ser relevante que sea yo el que dé explicaciones de mi inocencia. El único problema que queda pendiente es: ¿qué dice mi caso sobre el funcionamiento de la justicia penal? El que se queda en el lugar de hacer todas las preguntas termino siendo yo (y el que quiera saber un poco sobre las cosas que pasan a los ojos de todos pero que nadie sabe cómo frenarlas):

¿Cómo se puede acusar a alguien por la falta de un control administrativo y que 3 años después en un juicio un tribunal lo absuelva por unanimidad? ¿Tan difícil era interpretar correctamente el trámite? ¿Tan difícil era interpretar un archivo de respaldatorios que un cadete dejaba en un alejado, húmedo y oscuro subsuelo de casa de gobierno? ¿Tan difícil era determinar, con pruebas y testigos, que no me correspondía a mí hacer el trámite y que ni siquiera era un control propiamente dicho sino que era un mero archivo? ¿Qué queda para los hechos confusos y a escondidas, que son los que habitualmente se analizan en los recintos penales?

¿Será que la interpretación nunca importó? ¿Cómo pudo el equipo fiscal al principio de la causa, en marzo de 2018, redactar una acusación y ordenar la prisión preventiva desconociendo el 100% del trámite, es decir, sin el más mínimo elemento que conste en la causa? ¿Por qué el allanamiento del subsuelo, donde el trámite ocurría, y el testimonio de quienes trabajaban allí, es ordenado recién 8 meses después y solo por pedido de mi defensa? ¿Se puede pretender que 8 meses después digan que se equivocaron, si el equipo fiscal no tiene el rol de defender sino de acusar? ¿Por qué es necesario mantener a una persona privada de su libertad esperando 3 años para que llegue la instancia de su defensa?

Y la peor parte: ¿Cómo se puede anular la absolución en una instancia posterior, pretendiendo que creamos que un tribunal fue incapaz de interpretar un simple trámite? ¿Cómo puede tener validez semejante anulación si la firma una persona con el cargo de juez a puertas cerradas, sin asistir a un debate, sin audiencias, sin pruebas ni testigos, sino con el solo acto de rechazar de un plumazo un expediente que no tiene cara y pedir un nuevo juicio como si fuera un juego? ¿Cómo puede tener legitimidad si además nadie pone en duda que el proceso se haya dado ordenadamente, si nadie dice que se hayan alterado pruebas, o si ni siquiera hay víctimas específicas que siguen reclamando justicia?

¿Cómo puede tener validez si va en contra de todos los principios de justicia al pedir la construcción de un segundo juicio, o sea, de una segunda opinión, una segunda historia? ¿Cómo saber después qué historia creemos, la primera o la segunda? ¿Qué es esto si no la total arbitrariedad?

Y, sobre todo, ¿cómo puede tener validez el pedido de un segundo juicio si se pretende que creamos que el tribunal del primer juicio, después de meses de audiencias escuchando numerosos testigos, no fue capaz de comprender un pequeño trámite administrativo, un simple archivo, una parte muy marginal de una gestión que ocurría íntegramente en otra entidad? ¿Se puede pensar en un caso más evidente donde gane la fuerza por sobre la racionalidad? ¿No da escalofríos pensar en la cantidad de gente que hoy está atravesando procesos penales con su voz totalmente censurada bajo el rechazo público?

Para no llegar a un segundo juicio, la fiscalía ofreció una versión mucho menor de los hechos por la cual señala una participación secundaria y quita la figura

Réplica luego de la causa Fappo

El ex subsecretario de Comunicación de la provincia Paulo Butticé había sido absuelto en un primer juicio. A finales de 2021, dicho juicio fue anulado por el STJ, requiriéndose un segundo juicio que no llegó a realizarse debido a que el proceso finalizó con un acuerdo por un juicio abreviado. Tras la finalización del proceso penal, difundió sus conclusiones al respecto y presentó un ensayo denominado “La construcción imaginaria de la realidad”.

El descargo difundido menciona algunos puntos sobre el contexto del proceso y contiene las razones por las cuales accedió a un juicio abreviado. Dice lo siguiente:

La nueva sentencia no es producto de un juicio. En este proceso que duró 6 años, el único documento que se llegó a elaborar con seriedad, objetividad, y que es autoría de un tribunal que pudo analizar con detalle todas las pruebas y testimonios, dicta mi absolución por unanimidad y puede leerse en la web absolucion.simple.ink.

Por eso, en mi caso dejó de ser relevante que sea yo el que dé explicaciones de mi inocencia. El único problema que queda pendiente es: ¿qué dice mi caso sobre el funcionamiento de la justicia penal? El que se queda en el lugar de hacer todas las preguntas termino siendo yo (y el que quiera saber un poco sobre las cosas que pasan a los ojos de todos pero que nadie sabe cómo frenarlas):

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¿Cómo se puede acusar a alguien por la falta de un control administrativo y que 3 años después en un juicio un tribunal lo absuelva por unanimidad? ¿Tan difícil era interpretar correctamente el trámite? ¿Tan difícil era interpretar un archivo de respaldatorios que un cadete dejaba en un alejado, húmedo y oscuro subsuelo de casa de gobierno? ¿Tan difícil era determinar, con pruebas y testigos, que no me correspondía a mí hacer el trámite y que ni siquiera era un control propiamente dicho sino que era un mero archivo? ¿Qué queda para los hechos confusos y a escondidas, que son los que habitualmente se analizan en los recintos penales?

¿Será que la interpretación nunca importó? ¿Cómo pudo el equipo fiscal al principio de la causa, en marzo de 2018, redactar una acusación y ordenar la prisión preventiva desconociendo el 100% del trámite, es decir, sin el más mínimo elemento que conste en la causa? ¿Por qué el allanamiento del subsuelo, donde el trámite ocurría, y el testimonio de quienes trabajaban allí, es ordenado recién 8 meses después y solo por pedido de mi defensa? ¿Se puede pretender que 8 meses después digan que se equivocaron, si el equipo fiscal no tiene el rol de defender sino de acusar? ¿Por qué es necesario mantener a una persona privada de su libertad esperando 3 años para que llegue la instancia de su defensa?

Y la peor parte: ¿Cómo se puede anular la absolución en una instancia posterior, pretendiendo que creamos que un tribunal fue incapaz de interpretar un simple trámite? ¿Cómo puede tener validez semejante anulación si la firma una persona con el cargo de juez a puertas cerradas, sin asistir a un debate, sin audiencias, sin pruebas ni testigos, sino con el solo acto de rechazar de un plumazo un expediente que no tiene cara y pedir un nuevo juicio como si fuera un juego? ¿Cómo puede tener legitimidad si además nadie pone en duda que el proceso se haya dado ordenadamente, si nadie dice que se hayan alterado pruebas, o si ni siquiera hay víctimas específicas que siguen reclamando justicia?

¿Cómo puede tener validez si va en contra de todos los principios de justicia al pedir la construcción de un segundo juicio, o sea, de una segunda opinión, una segunda historia? ¿Cómo saber después qué historia creemos, la primera o la segunda? ¿Qué es esto si no la total arbitrariedad?

Y, sobre todo, ¿cómo puede tener validez el pedido de un segundo juicio si se pretende que creamos que el tribunal del primer juicio, después de meses de audiencias escuchando numerosos testigos, no fue capaz de comprender un pequeño trámite administrativo, un simple archivo, una parte muy marginal de una gestión que ocurría íntegramente en otra entidad? ¿Se puede pensar en un caso más evidente donde gane la fuerza por sobre la racionalidad? ¿No da escalofríos pensar en la cantidad de gente que hoy está atravesando procesos penales con su voz totalmente censurada bajo el rechazo público?

Para no llegar a un segundo juicio, la fiscalía ofreció una versión mucho menor de los hechos por la cual señala una participación secundaria y quita la figura

de asociación ilícita, es decir que se descarta que yo me haya puesto de acuerdo o que haya conocido lo que hacían los demás imputados, o que me haya beneficiado. (Si desde el inicio era esta la versión acusatoria, yo nunca hubiera conocido la cárcel, pero esto en el ámbito penal es un detalle sin importancia, un juego de opiniones y un juego con la vida de la gente. Si al final la condena fue de “prisión efectiva” y no en suspenso fue por el solo hecho de que el castigo ya había sido aplicado antes del juicio como prisión preventiva totalmente innecesaria e irracional).

En este contexto, creo que cualquiera que tenga un mínimo sentido común puede entender que termino accediendo a este acuerdo de juicio abreviado, porque el tren de incoherencias no va a tener fin.

Un segundo juicio significaría pretender construir una segunda verdad como si esto fuera un juego, o, mejor dicho, como si esto tuviera que seguir siendo un juego que ya lleva 6 años. Incluso en el caso de una nueva absolución, tendría que seguir años esperando a ver si los mismos que ya la anularon no la quieren anular de nuevo, y así sucesivamente. ¿Para qué? ¿Quién me puede reclamar que yo siga peleando por la verdad cuando en mi caso todo lo que podía hacer mal la justicia ya lo hizo, cuando pasaron por encima de todos los principios de verdad, objetividad, constitucionalidad, etcétera?

A pesar de que obviamente fue un tremendo infierno para mí y los que me rodean, fue a la vez una tremenda y extrema experiencia de la ficción hecha realidad. Desde una imagen previa de la justicia penal como un ámbito donde cuesta creer que por deporte se encarcele y se creen historias falsas, a una imagen de una fiesta obscena y repulsiva de la incoherencia y la indiferencia.

Una experiencia irónica teniendo en cuenta que el problema filosófico de la malinterpretación fue el tema de mi tesis de licenciatura en comunicación, que se preguntaba fundamentalmente por las dificultades de lograr objetividad en las ciencias sociales, o sea: cómo interpretar correctamente la conducta del otro, sin que esté influida por los propios prejuicios. Como una evolución de esta tesis, y a partir de la experiencia sufrida, surgió un ensayo con el título “La construcción imaginaria de la realidad”, de la mano de las teorías sociales de Mead y de Bourdieu, y de los relatos de Borges y Cortázar, quizás los mejores ilustradores de cómo vivimos la ficción en lo real.

Para sacar un poco de brillo de tanta mugre, el ensayo no está escrito desde la indignación, sino como un ameno recorrido por cuentos y reflexiones hacia respuestas concretas sobre por qué las torpezas institucionales humanas pueden ser tan extremas. Invito a leerlo en imaginaria.substack.com

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