Reglamentan la moratoria para jubilados sin aportes: evaluarán la situación socioeconómica de los solicitantes

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El Gobierno reglamentó este viernes la Ley que habilita la moratoria previsional para quienes no llegan a cumplir los 30 años de aportes obligatorios para poder jubilarse. Y se conocieron detalles que

condicionan el acceso al beneficio.

Por ejemplo, para ingresar al Plan de Pago de Deuda Previsional, los solicitantes no podrán acceder al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas por el plazo de DOCE (12) meses, contados a partir de la fecha de solicitud”.

Además, sobre la base de un conjunto de parámetros, la ANSeS evaluará la situación socio patrimonial del solicitante antes de otorgar el beneficio. Si cumple esos parámetros, podrá cancelar la deuda por los años de moratoria en hasta 120 cuotas, deducibles del haber previsional. El monto de la cuota no deberá exceder el 30% del monto vigente del haber mínimo.

Pero, si excede esos parámetros, solo podrá acceder a la moratoria si cancela la deuda “en un solo pago, que no será deducible del haber previsional”.

Con 10 años de moratoria y si pasa a cobrar el haber mínimo, en un pago son $ 687.594 que los recupera en 11 meses contando el aguinaldo. Y con 20 años son $ 1.375.190, que los recupera en 22 meses, incluido aguinaldo, según los cálculos de la abogada Andrea Falcone.

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Así lo determina el decreto reglamentario 173/2023 publicado en el Boletín Oficial.

Para esa evaluación, el decreto especifica que la ANSeS deberá tomar en consideración diferentes parámetros “con la información fehaciente disponible en las Bases de Datos con las que cuenta al momento de efectuar los análisis correspondientes, con las suministradas por la AFIP y con la información o documentación que fuera requerida a los solicitantes en los plazos que aquella establezca”.

A tal fin, el decreto autoriza a proveer a la ANSES “la información necesaria para que puedan efectuarse las evaluaciones patrimoniales y socioeconómicas establecidas en la ley que se reglamenta”.

Los parámetros son:

  • Ingresos brutos anuales percibidos por la persona solicitante;
  • Manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales, y/o la tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones informada por la Prefectura Naval Argentina;
  • Gastos y/o consumos. A tal fin, serán tenidos en cuenta los gastos efectuados con tarjetas de crédito y/o débito.

Como viene explicando Clarín, la moratoria sólo servirá para acceder a la jubilación. No incidirá sobre el haber, que se calculará sobre la base de los aportes efectivamente ingresados sin moratoria. O sea que quien se jubile con la moratoria tendrá un "descuento" de su jubilación porque recibirá solo los años aportados y además tendrá el descuento de la cuota sobre el haber durante los meses o años que dure la moratoria.

Así, a valores de marzo, para un trabajador en relación de dependencia con un sueldo bruto promedio actualizado de los últimos 120 meses de $ 200.000 (remuneración imponible promedio del sistema), la jubilación y las cuotas que le deducirán por acceder a la moratoria serían las siguientes:

• Con 10 años de aportes y 20 años a regularizar por moratoria anteriores a diciembre de 2008, se jubilaría con el haber mínimo hoy de $ 58.655 (más el bono de $ 15.000 hasta mayo 2023) Y se le descontarían $ 11.459 en un plan de pagos de 120 cuotas. El haber efectivo sería $ 47.206, casi similar a los $ 46.932 de la PUAM (Prestación Universal al Adulto Mayor), ya que en ambos casos perciben los $ 15.000 del bono.

• Un trabajador con 15 años, que puede regularizar 15 años a través de la moratoria, tendrá un haber inicial de $ 71.837 (35,9% del sueldo promedio actualizado). El valor de la cuota mensual (que se actualiza trimestralmente por movilidad), suponiendo un plan de pago de 120 sería de $ 63.242.

• Un empleado con 20 años de relación de dependencia puede regularizar 10 años a través de la moratoria. El cálculo del haber inicial es de $ 86.837 (43,4% del sueldo promedio actualizado). El valor de la cuota mensual, suponiendo un plan de pago de 45 cuotas, sería de $ 15.280 y con un plan de 60 cuotas, $ 11.459. Así, el haber de $ 86.837 (recibiría refuerzo de $ 5.000), menos la cuota del plan 45 totalizaría $ 71.557 más refuerzo y si se descuenta la cuota en un plan de 60 meses, el haber quedaría en $ 75.378 más el refuerzo.

• Un trabajador con 25 años de relación de dependencia, que solo tiene que regularizar 5 años tendría un haber inicial $ 101.837 (50,9% sueldo promedio actualizado). Si paga en 30 cuotas ($ 11.459 cada una) tendrá un haber de $ 90.378 . Si paga en 60 cuotas, cada una será de $ 5.730 y cobrará $ 96.107 

NE

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