Coronavirus en la Argentina: la AFIP prorrogó dos meses el pago de las contribuciones patronales que vencían en abril

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por dos meses el pago de las contribuciones patronales que vencían en abril, en el marco de las medidas oficiales

para asistir a las empresas frente a la profundización de la crisis por la pandemia del coronavirus.

A través de un comunicado, se indicó que el beneficio será para aquellas firmas incluidas en el listado de actividades que definió el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, en el marco del Programa de Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP).

"La medida alcanza al 56 por ciento de las empresas argentinas, que emplean a más de 3,5 millones de trabajadores", calcularon en la AFIP..

Según explicaron, las empresas que quieran acceder a ese beneficio solamente tendrán inscribirse en el ATP a través del servicio web habilitado por el organismo entre el 9 y el 15 de abril. 

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"La postergación por dos meses del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que vencían en abril será informada de manera automática a las empresas una vez que se hayan inscripto en el ATP", afirmaron.

Además, aclararon que los pagos postergados deberán realizarse en junio de acuerdo al cronograma dispuesto por el organismo en la Resolución General 4693 que será publicada en el Boletín Oficial.

La medida es complementaria a la reducción o postergación de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA previsto en el ATP. 

"Las medidas tienen como objetivo amortiguar el impacto económico del aislamiento social, preventivo y obligatorio", destacaron. 

Además, el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont dispuso que los empleadores deberán suministrar la información económica relativa a sus actividades porque, remarcaron, esos datos serán necesarios para acceder a los distintos beneficios contemplados en el ATP.

Más tiempo para presentar el Formulario 931:

Asimismo, la AFIP definió extender tres días el plazo para la presentación de la declaración jurada de abril correspondiente a la seguridad social (Formulario 931).

Las empresas, tanto las beneficiarias de la postergación como las que no accedan a ese mecanismo, contarán así hasta el 16 de abril para realizar sus pagos.